Michelle Mancheno no podía presentar la impugnación a la candidatura de Luisa González, el CNE – Delegación Provincial Electoral de Manabí tenía que inadmitir el trámite. La consejera Elena Najera se refiere a este tema en la sección número 68 del 23 de Agosto del 2026.
El artículo 244 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador (Código de la Democracia) regula la legitimación activa para la interposición de recursos electorales (impugnaciones, apelaciones y quejas). Establece quiénes se consideran sujetos políticos y qué personas o entidades tienen capacidad legal para accionar ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
Sujetos Políticos Habilitados y Formas de Representación. Partidos y Alianzas Políticas: Pueden interponer recursos a través de sus representantes legales nacionales o provinciales. Movimientos Políticos: Intervienen mediante sus apoderados o representantes legales en el ámbito provincial, cantonal o parroquial, dependiendo de la circunscripción en la que participen.
