Médicos demandaron ante la Corte al Ministerio de Salud Pública

Lic. Carlos García Neira
3 minutos de lectura
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Este 28 de septiembre, profesionales de la salud presentaron una Acción por Incumplimiento ante la Corte Constitucional contra el Ministerio de Salud Pública (MSP). La medida legal busca exigir la aplicación inmediata de la Ley Orgánica de Carrera Sanitaria (LOCS), demandando el respeto irrestricto al límite legal de 120 horas laborales al mes y el pago retroactivo de las jornadas suplementarias, extraordinarias y nocturnas adeudadas.

La LOCS vigente desde el 1 de septiembre de 2023, fija una jornada especial de máximo 120 horas al mes para los profesionales que ejecutan labores de alto riesgo, trabajos peligrosos o turnos rotativos. Pese a esta disposición legal, los demandantes señalaron que el MSP los obliga a trabajar jornadas de hasta 160 horas mensuales. Esto representa un exceso de 40 horas al mes que las autoridades sanitarias no reconocen ni pagan.

A este escenario suman la omisión del Reglamento General a la LOCS —expedido mediante el Decreto Ejecutivo No. 159 en septiembre de 2025—, el cual fijaba un plazo de 90 días para emitir la normativa técnica de jornadas laborales. Dicho plazo venció el 28 de diciembre de 2025 sin que la Autoridad Sanitaria Nacional promulgara la regulación requerida.

Reclamos sin soluciones

Los profesionales de la salud cumplieron el requisito de reclamo previo el 29 de enero de 2026 al exigir formalmente a la entidad ministerial la aplicación de la ley y el pago de valores adeudados. Sin embargo el 13 de febrero de 2026 la institución rechazó la petición. Mediante memorando MSP-DNFPCS-2026-0083-M, la entidad estatal reconoció que mantiene las jornadas bajo la Ley Orgánica del Servicio Público y condicionó la aplicación de la LOCS a un dictamen presupuestario del Ministerio de Economía y Finanzas.

Los demandantes sostienen que el recurso presentado constituye una vía legal adecuada porque el artículo 18 de la LOCS contiene una obligación clara, expresa y exigible que no requiere de trámites administrativos adicionales. Además, denuncian que la postura del Ministerio vulnera el principio de jerarquía normativa establecido en el artículo 425 de la Constitución, puesto que una decisión burocrática o presupuestaria no puede dejar sin efecto una ley orgánica.

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